CAPTURA DE LANGOSTINO EN AGUAS NACIONALES
En su sesión del día 8 de septiembre (Acta CFP N° 26/2022), el CONSEJO FEDERAL PESQUERO dispuso:
– El cierre a la pesca comercial de langostino de la Subárea 14.
– La suspensión de las actividades en la Subárea 7, por el plazo de 7 días.
– La suspensión en las Subáreas 15 Este y 16, por el plazo de 4 días.
Las decisiones fueron adoptada a partir de la información reportada por el INIDEP, que dio cuenta de una relación merluza – langostino por encima del límite establecido del 20%. Asimismo, en fecha 11/09/22, la Autoridad de Aplicación dispuso la apertura de la Subárea 12 a partir de las recomendaciones realizadas por el INIDEP, luego de la prospección realizada en la zona.
De esta manera, al día de la fecha (12/09/22), se encuentran habilitadas para la captura de langostino las siguientes Subáreas, dentro del Área de Veda Permanente de Juveniles de Merluza (AVPJM):
– Subárea 4
– Subárea 5
– Subárea 8
– Subárea 12
La suspensión de las actividades en las Subáreas 15 Este (entre los paralelos 46° y 47° de latitud Sur y los meridianos 63° y 63°30’ de longitud Oeste) y 16, regirá hasta el día de hoy a las 19hs. Mientras que la suspensión de la Subárea 7 estará vigente hasta las 19 hs. del día 15 de septiembre.