Proyectos de explotación de calamar

20/05/2021

El CFP ha realizado una revisión de las normas y reglas que rigen la materia formal y jurídica de los proyectos de explotación de la especie calamar.

Se ha considerado oportuno introducir algunas modificaciones que profundicen los objetivos de la política de calamar. Los buques poteros que históricamente han operado en el área adyacente a la Zona Económica Exclusiva (ZEE) argentina, es decir, más allá de la “milla 200”, han sido muy minoritarios.

Por ello, teniendo una gran parte de la flota potera “permisos de pesca de gran altura”, el Consejo Federal Pesquero considera conveniente promover la actividad, complementándola con la que podría realizarse en la zona adyacente a la ZEE argentina, y establecer como incentivo a la presencia de buques de bandera argentina en dicha área, el incremento del plazo de vigencia de los permisos de pesca de buques que acumulen, operando allí, al menos 30 días a lo largo de una temporada.

Se destaca la orientación de la política de explotación de la especie a lograr un mayor porcentaje de procesamiento en tierra de las capturas, con un mínimo -para las renovaciones- del veinte por ciento (20%), y otorgando un puntaje mayor a los compromisos más elevados.

Finalmente, a partir del análisis sobre las normas y lineamientos, establecidos en actas y resoluciones, sobre los aspectos administrativos y jurídicos de los proyectos pesqueros de calamar , y en particular lo dispuesto por la Resolución CFP N° 3/2018 y modificatorias, al contemplar la renovación de los permisos de pesca, la extensión consecuente de los proyectos que los sustentan y sus modificaciones, la Resolución CFP Nº 7/2021 genera un texto ordenado de toda la reglamentación vigente y orienta los proyectos hacia la maximización de la mano de obra ocupada.